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Uso Justo
Uso Justo (Sección 107 de la Ley de Derechos de Autor de 1976).
Esta sección sobre el uso justo es quizás la más importante, controversial y ambigua de la ley de Derechos de Autor de 1976. El uso justo se refiere al grado de disponibilidad de una obra protegida para uso sin autorización del titular y aplica a todo tipo de material en cualquier formato. La disposición legal es en sí general con el fin de acomodar distintos escenarios. Los casos en los tribunales no siempre se han decidido de forma consistente y su aplicación es impredecible, variable y ambigua.
Ver más detalladamente: https://bae2008.wordpress.com/uso-justo/
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Primera Venta
Sección 109: First sale doctrine (Primera venta)
Esta sección permite que los videos y libros comprados legalmente la primera vez puedan ser, donados, vendidos, o prestados por el titular del objeto físico pero, que no es titular de su contenido. ***Es ésta la provisión que permiteque las bibliotecas pueden prestar recursos y las librerías vender libros, y la tienda de videos pueda prestar videos.
Ver más detalladamente: https://bae2008.wordpress.com/primera-venta/
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Reproducción para Preservación
Sección 108: Library copying and distribution (Reproducción y distribución en bibliotecas)
Permite copiar recursos para preservación, préstamos inter-bibliotecarios y/o estudio personal. Para información más detallada sobre los componentes que incluye esta sección, favor de pulsar los siguientes enlaces:
- Archivar trabajos
- Solicitud de clientes
- Uso no supervisado de la fotocopiadora, programa de noticias y limitaciones contractuales a las adquisiciones
- Préstamos interbibliotecarios
Ver más detalladamente: https://bae2008.wordpress.com/reproduccion-en-las-bibliotecas/
